Durante el mandato de la dinastía Flavia en multiples poblaciones de Hispania ( se calcula que unas 90 ) se realizaron numerosas promociones al derecho latino ( Ius latii ), con lo cual la localidad en cuestión era reconocido legalemente como tal ente municipal y ademas pasaba a ostentar el apelativo oficial de " Flavium ". Es cierto que la promoción a la categoria de ciudadano romano solo se alcanzaba tras desempeñar una magistratura municipal, a cuyo término se lograba la concesión para el titular y su familia más cercana ( padres, esposas, hijos y nietos por vía masculina y matrimonio regulado ).

De este modo se difundió con rapidez la ciudadanía entre los grupos urbanos de la provincia, facilitando la identificación con la estructural imperial al acceder a los órdenes ecuestre y senatorial y la integración de las poblaciones de raíz común indoeuropea al unificarse en torno a un estilo y reglamentaciones cotidianas acordes con la hegemónica cultura romana.
El ordenamiento en municipios coexistía con la existencia de otros distritos territoriales locales con su propia regulación separada y regidos por procedimientos diferenciados, como por ejemplo los adscritos a la " ley metallis dicta", que establecía una jurisdicción propia bajo el mandato de un "procurator metallorum".
Respecto al origen de las curias ( concejos) urbanas, la mayor parte de sus miembros ( los curiales ) debían disponer de un elevado pecunio privado, ya que su puesto no estaba remunerado y obligaba a gravosos desembolsos propios en forma de diversos tipos de mecenazgo y patrocinios, al tiempo que se asumían serias responsabilidades financieras al manejar el gasto local.
Por tanto, la mayoría de estos curiales provenía de ambientes artesanos y mercantiles, muchas veces de raigambre indigena céltica o ibera o descendiente de los antiguos legionarios veteranos asentados en la península, o incluso de libertos. En general nutrieron las filas del orden ecuestre y supusieron una especie de contrapeso a los "nobiles" de las viejas familias aristocráticas de la metrópoli romana, con las que, no obstante compartían el poder y concertaban uniones matrimoniales que reforzaban su predominio.